Multa por exceso de velocidad en Ecuador
Exceder el límite dentro del rango moderado cuesta 30 % del SBU ($144,60) y 6 puntos; fuera del rango moderado, 1 SBU ($482,00) y 10 puntos. Desde 2025 ya no hay prisión por exceso de velocidad.
Valor a pagar
$72,30
| Multa: 30 % de un SBU (Cuarta clase, art. 389 num. 6 del COIP) | $144,60 |
| Descuento del 50 % por pago dentro de 20 días | −$72,30 |
- Puntos de la licencia
- 6 de 30 puntos
- SBU usado
- $482,00 (Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 (15-dic-2025; R.O. Suplemento 187, 18-dic-2025))
Resultado referencial. Calculadora de Multas no es una entidad pública ni está afiliado a Agencia Nacional de Tránsito (ANT), y este cálculo no es asesoría legal. El valor que debe pagar es el que figura en Consulta de citaciones de la ANT (por cédula o placa). Nunca pague multas por enlaces recibidos por mensaje: use solo los canales oficiales.
Una reforma al COIP en trámite en la Asamblea podría cambiar la clase de algunas conductas (por ejemplo, el uso del celular). Revisamos esta página cuando se publique en el Registro Oficial.
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Cómo se calcula
El COIP distingue dos casos. Exceder el límite dentro del rango moderado es contravención de cuarta clase (art. 389 num. 6): 30 % del SBU y 6 puntos. Excederlo fuera del rango moderado es de primera clase (art. 386 num. 3): 1 SBU y 10 puntos.
En 2025 la Corte Constitucional eliminó la pena de 3 días de prisión que el art. 386 preveía para el exceso fuera del rango moderado; se mantienen la multa y la pérdida de puntos.
Los límites y rangos moderados dependen del tipo de vía y de vehículo y están en el reglamento de la ley de tránsito. Para vehículos livianos y motos en zona urbana, el límite es 50 km/h y el rango moderado llega hasta 60 km/h.
| Velocidad | Situación | Multa | Puntos |
|---|---|---|---|
| Hasta 50 km/h | Dentro del límite | Sin multa | — |
| Más de 50 y hasta 60 km/h | Rango moderado (art. 389 num. 6) | $144,60 | 6 |
| Más de 60 km/h | Fuera del rango moderado (art. 386 num. 3) | $482,00 | 10 |
Para carreteras, vías perimetrales y vehículos pesados, consulte los límites del reglamento de la LOTTTSV o la señalización de la vía.
Ejemplos resueltos
58 km/h en zona urbana, pagando a tiempo
Valor a pagar
$72,30
| Multa: 30 % de un SBU (Cuarta clase, art. 389 num. 6 del COIP) | $144,60 |
| Descuento del 50 % por pago dentro de 20 días | −$72,30 |
- Puntos de la licencia
- 6 de 30 puntos
- SBU usado
- $482,00 (Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 (15-dic-2025; R.O. Suplemento 187, 18-dic-2025))
75 km/h en zona urbana, sin pronto pago
Valor a pagar
$482,00
| Multa: 100 % de un SBU (Primera clase, art. 386 num. 3 del COIP) | $482,00 |
- Puntos de la licencia
- 10 de 30 puntos
- SBU usado
- $482,00 (Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 (15-dic-2025; R.O. Suplemento 187, 18-dic-2025))
Preguntas frecuentes
¿Todavía hay cárcel por exceso de velocidad en Ecuador?
No. En 2025 la Corte Constitucional eliminó la prisión de 3 días para el exceso de velocidad fuera del rango moderado. Se mantienen la multa de 1 SBU y la resta de 10 puntos.
¿Qué es el rango moderado?
Es una franja por encima del límite de velocidad, definida en el reglamento, en la que la sanción es menor (cuarta clase). Por encima de esa franja la contravención pasa a primera clase.
¿Las fotomultas por velocidad tienen descuento?
Las contravenciones del COIP tienen 50 % de descuento si se pagan dentro de 20 días desde la notificación, sin importar si se detectaron con radar o por un agente.
Base legal y fuentes
- Código Orgánico Integral Penal (COIP), arts. 386 a 392: Contravenciones de tránsito de primera a séptima clase.
- Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV): Licencia de 30 puntos y pago de multas.
Fuentes consultadas:
- El Mercurio: multas de tránsito por clase (2025)
- Primicias: descuento del 50 % por pago dentro de 20 días
- El Universo: valores de multas de tránsito 2026
- Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 (15-dic-2025; R.O. Suplemento 187, 18-dic-2025)
Consulta y pago oficial: Consulta de citaciones de la ANT (por cédula o placa)