En Ecuador las contravenciones de tránsito están en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), arts. 383 a 392, y se aplican en todo el país: las controle la ANT, la AMT de Quito, la ATM de Guayaquil, la EMOV de Cuenca o la Policía. Cada una pertenece a una de siete clases que fijan la multa como porcentaje del salario básico unificado (SBU) vigente el día de la infracción y los puntos que se restan de la licencia de 30 puntos.
Las multas pagadas dentro de los 20 días siguientes a la notificación tienen 50 % de descuento y, desde la reforma de la ley de tránsito, no generan recargo por mora. Las multas por ordenanzas municipales (pico y placa, zona azul) siguen otras reglas y no tienen ese descuento.
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Lo esencial
Siete clases: de 5 % del SBU y 1,5 puntos (séptima) a 1 SBU y 10 puntos (primera); algunas conductas de primera clase cuestan 2 SBU.
Alcohol: de 1 a 3 SBU, con pérdida de puntos o suspensión y días de privación de libertad (art. 385).
Hasta el 31 de diciembre de 2026 la ANT no bloquea matrícula ni licencias por multas impagas, pero la deuda sigue vigente.
Exceder el límite dentro del rango moderado cuesta 30 % del SBU ($144,60) y 6 puntos; fuera del rango moderado, 1 SBU ($482,00) y 10 puntos. Desde 2025 ya no hay prisión por exceso de velocidad.
Conducir con 0,3 a 0,8 g/l de alcohol cuesta 1 SBU ($482,00), 5 puntos y 5 días de prisión; de 0,8 a 1,2 g/l, 2 SBU ($964,00), 10 puntos y 15 días; y más de 1,2 g/l, 3 SBU ($1.446,00), 60 días sin licencia y 30 días de prisión.
Estacionar en un sitio prohibido, en un espacio para personas con discapacidad, en una rampa o en la vereda cuesta 10 % del SBU ($48,20) y 3 puntos; detenerse a dejar pasajeros donde no se permite, 15 % ($72,30); y estacionar en curvas, puentes o túneles, 40 % ($192,80).
En Ecuador las multas de tránsito son un porcentaje del salario básico unificado (SBU): desde el 5 % ($24,10) en séptima clase hasta 1 SBU ($482,00) en primera clase, con 50 % de descuento si se pagan dentro de 20 días desde la notificación.
Calculadora de Multas no es una entidad oficial. Los cálculos son referenciales; el valor a pagar es el que indica la entidad.
Preguntas frecuentes
¿Dónde consulto mis multas de tránsito en Ecuador?
En el portal de la ANT con su cédula o placa. Las multas municipales de Quito, Guayaquil o Cuenca también aparecen en los portales de la AMT, la ATM o la EMOV.
¿Prescriben las multas de tránsito?
No de forma automática: siguen registradas hasta que se pagan o se impugnan con éxito. Consulte a un abogado si su multa es antigua.
¿Todavía hay cárcel por exceso de velocidad en Ecuador?
No. En 2025 la Corte Constitucional eliminó la prisión de 3 días para el exceso de velocidad fuera del rango moderado. Se mantienen la multa de 1 SBU y la resta de 10 puntos.
¿Qué es el rango moderado?
Es una franja por encima del límite de velocidad, definida en el reglamento, en la que la sanción es menor (cuarta clase). Por encima de esa franja la contravención pasa a primera clase.
¿Desde cuántos grados de alcohol hay multa en Ecuador?
Para vehículos particulares, desde 0,3 gramos por litro de sangre. Para transporte público, comercial o de carga, desde más de 0,1 g/l.
¿Conducir ebrio tiene descuento por pronto pago?
Esta contravención se resuelve en audiencia ante un juez e incluye privación de libertad. No aplicamos el descuento del 50 % que rige para las demás contravenciones.
¿Cuánto es la multa por estacionar en la vereda en Ecuador?
Es de sexta clase (art. 391 num. 5 del COIP): 10 % del SBU, $48,20 en 2026, y 3 puntos. Con pago dentro de 20 días, $24,10.
¿Tengo que pagar la grúa además de la multa?
Sí. Si el vehículo fue llevado al patio de retención, la grúa y los días de patio se pagan aparte, con las tarifas del municipio o de la agencia de tránsito local.
¿Cuánto es la multa de tránsito más baja en Ecuador?
La séptima clase (art. 392 del COIP): 5 % del SBU, $24,10 en 2026, y 1,5 puntos. Incluye, por ejemplo, no usar el cinturón de seguridad (conductor) o usar mal la bocina.
¿Hay descuento si pago rápido?
Sí: 50 % si paga dentro de los 20 días siguientes a la notificación. Después se paga el 100 %, sin recargo por mora.